La ultraactividad de las leyes en materia contractual

Análisis del último párrafo del artículo 7 del Código Civil y Comercial

  • Beatriz Escudero de Quintana Universidad Católica de Salta
Palabras clave: ley supletoria, contrato, relación de consumo

Resumen

La única norma general de derecho transitorio contenida en el Código Civil y Comercial se halla en el artículo 7, que reitera los principios sentados por el derogado Código en su artículo 3 con una modificación relacionada con los contratos de consumo. Receptando diversas opiniones doctrinarias y jurisprudenciales sobre el tema, el presente trabajo efectúa el análisis del último párrafo de dicho precepto legal, vinculado con la aplicación en el tiempo de nuevas leyes suple- torias. El problema se analiza tanto en su vinculación con la generalidad de los contratos cuanto con las tratativas precontractuales, los denominados acuerdos preliminares y los contratos de consumo.

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Biografía del autor/a

Beatriz Escudero de Quintana, Universidad Católica de Salta

Abogada, recibida con medalla de oro en la Universidad Católica de Salta. En 1986 obtuvo el título de Profesora en Ciencias Jurídicas en la Universidad Nacional de Salta. Actualmente es miembro del Instituto Salta de la Academia Nacional de Derecho de Córdoba; se desem- peña como Gerente General de Asuntos Jurídicos del Tribunal de Cuentas de la Municipa- lidad de la Ciudad de Salta y como profesora titular de la cátedra de Derecho Civil - Parte General, en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UCASAL. Es autora de dos libros, ha publicado numerosos artículos en libros y revistas especializados en temas jurídicos y ha brindado diversas conferencias sobre temas de derecho civil y administrativo.

Publicado
2016-12-26
Cómo citar
Escudero de Quintana, B. (2016). La ultraactividad de las leyes en materia contractual. Cuadernos Universitarios, (IX), 53-72. Recuperado a partir de http://revistas.ucasal.edu.ar/index.php/CU/article/view/51
Sección
Colaboraciones