Extensión de las normas tuitivas del derecho laboral al estadío previo de la formación definitiva del contrato de trabajo

  • DIEGO JAVIER TULA UCASAL
Palabras clave: Responsabilidad-precontractual-derecho-trabajo-discriminación-etapa-formación-consentimiento-contratación-período-amtes-contrato

Resumen

El contrato, en tanto fenómeno social, instrumento jurídico y principal canal con el que se desarrollan las relaciones económicas en nuestra sociedad, tiene asignado un lugar de privilegio en el estudio del derecho y una relevancia social superlativa. No solo por la circunstancia de que es el principal medio por el que se desarrolla la economía sino también porque -en tanto fenómeno social y económico- su concepción fue variando en cada período histórico.

Si bien el punto de partida para su estudio fue siempre el mismo (acuerdo de voluntades), a ese consenso, mutatis mutandi, en cada modelo histórico económico se le han asignado distintos efectos, sobre todo en épocas recientes.

En lo que hace al nacimiento de los contratos en general, los mismos surgen por la aceptación de las condiciones negociales generales ofertadas. La masificación contractual no deja margen a la discusión previa.

Sin embargo, en ocasiones, el contrato es el resultado de caminos recorridos a diferentes ritmos, con posibilidades de escalas y cambios de rumbos. La formación progresiva del convenio, a veces, es el reflejo de realidades distintas que tienen un dinamismo propio.

En estos supuestos, el contrato se forma ex intervallo temporis, etapa antecedente en que las partes deliberan, discuten e intentar arribar al mejor acuerdo. Se abre así un período de tratativas, en que las partes interesadas en debatir el contenido de un eventual contrato recrean aspiraciones recíprocas, precisan puntos y analizan diferentes estadios negociales, hasta finalmente llegar a un acuerdo, o no (autonomía de la voluntad).

Esas negociaciones que realizan los pre-contratantes en forma previa al perfeccionamiento definitivo del acuerdo, como ya se expuso, supone la concurrencia de actos materiales jurídicamente lícitos, lo que trae aparejado la necesidad de su regulación legal.

Y es precisamente por ello que en el ámbito del Derecho Civil y Comercial la última reforma del Código Civil y Comercial de la Nación específicamente se ocupó de legislar tal ámbito de actuación.

Dicho escenario no excede el campo de las relaciones individuales de trabajo, donde la celebración del contrato laboral supone –en ciertos casos- un negocio complejo cuyos detalles deben ajustarse pas à pas.

En esta etapa precontractual, la negociación de contratos asimétricos (más específicamente el contrato de trabajo) requiere de mecanismos jurídicos específicos destinados no sólo a proteger la justa y eficiente negociación contractual, sino también la protección del contratante débil; por caso, el trabajador dependiente.

La Ley de Contrato de Trabajo y sus normas complementarias se ocupan de equilibrar esa desigualdad negocial inicial a lo largo de la vida de la relación laboral y, específicamente, al momento de su extinción, pero silencia a la hora de extender su manto tuitivo a la etapa de formación del contrato.

Frente a la ausencia de normas específicas en la legislación laboral, deben construirse soluciones propias. El presente trabajo propone identificar las etapas de gestación del contrato de trabajo; describir con precisión las situaciones problemáticas que a partir de ello se generan y proponer soluciones para evitar que desde determinadas posiciones contractuales prevalentes se puedan afectar los derechos de quien en la relación aparece en situación de mayor debilidad jurídica, económica o social, sin posibilidad de negociar los términos del contrato que debe o dese celebrar.

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.

Citas

Autores Publicación


ACKERMAN, Mario S. “Si son humanos no son recursos. Pensando en las personas que trabajan”., 2da. edición revisada, ampliada y actualizada, Buenos Aires, Hammurabi, 1996, 240 p.

ALEJANDRO, Sergio J. “La selección y contratación del personal: facultad Emergente del poder de organización y dirección
del empleador”; D.T., 2003-B.

ALVAREZ DE MAGLIANO, María C. “El principio de no discriminación en la Ley de Contrato de Trabajo”, D.T. 1982-B, p. 839-852.

BARBIER, Eduardo: “Tratativas preliminares y responsabilidad precontractual”, L.L. 1993-D-1081-1096.

BREBBIA, Roberto H. “Responsabilidad Precontractual”, Ed. Victor P. de Zavalía, Rosario, 1957, 142 p.

“Responsabilidad precontractual en un

CUIÑA RODRÍGUEZ, Manuel: “Responsabilidad precontractual: en la doctrina, jurisprudencia y proyectos de reforma”, L.L., T. 1995-C, Sec. Doctrina, p. 859-864.

DOBARRO, Viviana M. “La discriminación en el acceso al puesto de trabajo. La Libertad de contratación y sus límites”, Errepar DLE- nº 227, Julio/04, T. XVIII, p. 633-645.

ELFFMAN, Mario “La discriminación en el empleo”, DT 1996-B, 2926-2941.
FAGGELLA, G., “Fundamento giuridico della responsabilitá in tema di trattative contrattuali”, Italia, 1909, trabajo incluído en “Studi giuridici in onore de Carlo Fadda”, T. III, p. 271-275.

FAVIER, Daniela, “La Horizontalidad de los Derechos Humanos”, en Revista de Derecho Laboral, Actualidad, 2015-I, Rubinzal Culzoni, p. 241-249.

FERREIROS, Estela M. “La discriminación en el acceso al contrato de trabajo”, DEL nº 210, T. XVII, febrero 2003, p. 113-117

HIERREZUELO, Ricardo D. y
AHUAD, Ernesto “La falta de incorporación al empleo por cuestiones discriminatorias. Análisis del problema y acciones posibles”, D.T. 2002-A, p. 931-947

IHERING, Von “De la culpa “in contrahendo”, os des dommages-interets dans les conventions nulles ou restees imparfaites”, en Oeuvres Choisies, I, París, 1983, traducción al francés de O. Meulenaere.

LEIVA FERNANDEZ, Luis F.P. “Responsabilidad Precontractual. Aportes para su Estudio”, L.L., T. 1998-D, Sec. Doctrina, 1234-1237.

LORENZETTI, Ricardo “Contratos y deberes secundarios de conducta: la libre elección”, L.L. T. 1998-B, Sec. Doctrina.

“La responsabilidad precontractual como atribución de los riesgos de la negociación”, L.L. 1993-B: 712-713.

LLAMBIAS, Jorge Joaquín, “Tratado de Derecho Civil”, Obligaciones, T. I, Bs. As., Abeledo, 1973, 3040 p.

MOSSET ITURRASPE, Jorge – “Responsabilidad precontractual”, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2006.

PORTA, Elsa “Derecho a la intimidad y deber de informar en la etapa precontractual”; Errepar-DLE- T. VI. p.458

POSE, Carlos “Responsabilidad precontractual en la disciplina laboral”, D.T. 1998-A, p. 35-38.

SOZZO, Gonzalo “Antes del Contrato”, Lexis Nexis, Buenos Aires 2005, 617 p.

SPOTA, Alberto G. “Responsabilidad precontractual”, J.A. 1954, T. II

“Responsabilidad Precontractual. Esencia Jurídica”, L.L. T. 1983-A

STIGLITZ, Gabriel A. “La responsabilidad precontractual en las relaciones de consumo”, publicado en la La Responsabilidad, Homenaje al Profesor Doctor Isidoro H. Goldenberg, Ed. Abeledo Perrot, Bs. As., 1970.

VAZQUEZ VIALARD, Antonio
“El deber de veracidad en el Ante-contrato
Laboral”, D.T. 1968, 613-621.

ZURETTI, Mario Alberto “La responsabilidad precontractual. Su aplicación en el ámbito del laboral”, D.T., XLVIII, A, p. 379-396.
Publicado
2022-09-14
Cómo citar
TULA, D. J. (2022). Extensión de las normas tuitivas del derecho laboral al estadío previo de la formación definitiva del contrato de trabajo. Revista Omnia, 5(2), 71-86. https://doi.org/10.53794/ro.v5i2.410